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La nueva subasta electrónica: crónica de un vía crucis inexplicable. Reflexiones de cara a una posible reforma de los artículos 645 y ss. LEC

A los pocos meses de la entrada en vigor de las reformas operadas mediante las Leyes 19/2015 y 42/2015, que han supuesto un cambio radical en el sistema de venta judicial de bienes mediante pública subasta, la realidad está demostrando que las pretendidas ventajas del nuevo sistema de subasta electrónica no son tales, con una falta de previsión y de medios que ha provocado la paralización temporal de cientos de procesos de ejecución, dilatando en el tiempo la conclusión de un acto judicial que hace pocos meses apenas duraba unos minutos, sin que por otra parte se haya conseguido una mayor eficiencia y mucho menos una mayor participación del ciudadano en las licitaciones judiciales. Esta situación, invita, sin tener que abandonar el sistema de venta electrónica, a una profunda e inmediata reflexión por parte del legislador para poder superar las carencias detectadas.

 

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