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Acuerdo por el que se atribuye el conocimiento de diversas materias a determinados Juzgados del Mercantil de Barcelona

19957 Acuerdo de 23 de noviembre de 2011, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye el conocimiento de diversas materias, con carácter exclusivo, a determinados Juzgados de lo Mercantil de Barcelona.

El artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial prevé que «el Consejo General del Poder Judicial podrá acordar, previo informe de la Sala de Gobierno, que en aquellas circunscripciones donde exista más de un Juzgado de la misma clase, uno o varios de ellos asuman con carácter exclusivo el conocimiento de determinadas clases de asuntos, o de las ejecuciones propias del orden jurisdiccional de que se trate, sin perjuicio de las labores de apoyo que puedan prestar los servicios comunes que al efecto se constituyan».

En la actualidad, existen creados y constituidos y en funcionamiento en la provincia de Barcelona diez Juzgados de lo Mercantil, todos con sede en la capital de la provincia y extienden su jurisdicción a toda ella. Ninguno de estos Juzgados tiene atribuido por el Consejo General del Poder Judicial el conocimiento con carácter exclusivo de materia concreta alguna.

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